Información Institucional - Fundación
Fundación Canaria Unión Deportiva Las Palmas
1.- INFORMACIÓN INSTITUCIONAL.
Información actualizada a fecha: 1 de abril de 2024
1.1. INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LA FUNDACIÓN.
La Fundación Canaria Unión Deportiva Las Palmas es una institución sin finalidad lucrativa creada al amparo de la Ley 2/1998, de 6 de abril, de Fundaciones Canarias e inscrita con el número 159 en el Registro de Fundaciones del Gobierno de Canarias.
El ámbito territorial en el que desarrolla principalmente sus actividades es el de las Islas Canarias, sin perjuicio de que puede relacionarse con terceros fuera de Canarias mediante relaciones instrumentales vinculadas a su labor (art. 1.3 Estatutos).
1.2. NORMATIVA APLICABLE.
1.2.1. Marco legal.
La actividad de la Fundación se rige fundamentalmente por lo dispuesto en sus estatutos, que se ajustan a la Ley 2/1998 de Fundaciones Canarias y, en los preceptos que resultan de aplicación de la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones (ver Disposición Final Primera).
También es aplicable la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, por haberse acogido la Fundación al régimen fiscal especial de las entidades sin fines lucrativos previsto en la misma.
La Fundación tiene la condición de entidad de voluntariado y está inscrita en el Registro de Entidades Colaboradoras en la Prestación de Servicios Sociales del Gobierno de Canarias con el número LP GC 09 2233 D. En consecuencia, en lo que se refiere al voluntariado son aplicables la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado y la Ley 4/1998, de 15 de mayo, de Voluntariado de Canarias.
1.2.2. Estatutos.
De acuerdo con la ley, en los estatutos de la Fundación constan: a) La denominación de la entidad, en la que deberán figurar las palabras «fundación canaria», que no podrá coincidir ni asemejarse de manera que pueda crear confusión con la de otra previamente inscrita en el Registro de Fundaciones de Canarias; b) Los fines fundacionales; c) El domicilio de la fundación y el ámbito territorial en que haya de desarrollar principalmente sus actividades; d) Las reglas básicas para la aplicación de los recursos a las finalidades fundacionales y para la determinación de los beneficiarios; e) El órgano de gobierno y representación de la fundación, con expresión de su composición, reglas para la designación y sustitución de sus miembros, duración del mandato pudiendo el o los fundadores establecer su carácter indefinido, causas de cese, atribuciones y la forma de deliberar y adoptar acuerdos; y f) Cualesquiera otras disposiciones y condiciones lícitas que el fundador o fundadores tengan a bien establecer.
ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN CANARIA UNIÓN DEPORTIVA LAS PALMAS
1.2.3. Manual de cumplimiento normativo.
La Fundación cuenta con un Manual de cumplimiento normativo aprobado por el patronato en sesión del día 26 de junio de 2018.
El Manual recoge, entre otros aspectos, el código ético de la Fundación, las reglas de funcionamiento del órgano de cumplimiento normativo y un sistema de denuncias frentes a comportamientos ilícitos.
El órgano de cumplimiento normativo está integrado por D. LINO CHAPARRO CÁCERES (Presidente) y D. MARIO GOSHN SANTANA (Secretario) a quienes cabe dirigirse en la siguiente dirección electrónica: organodecumplimientofundacion@udlaspalmas.es
MANUAL DE CUMPLIMIENTO NORMATIVO
1.3. FINES Y ACTIVIDADES.
De acuerdo con sus Estatutos, la Fundación tiene como fin “el fomento de la realización de actividades deportivas de todo tipo en Gran Canaria y, en particular, la promoción del deporte base en orden a la formación permanente de una cantera de jóvenes futbolistas que propicie el mayor éxito de los mismos es su carrera deportiva”. En relación con las expresadas finalidades, la Fundación “promoverá la práctica del deporte y los valores asociados al mismo; fomentará la formación integral y especializada de los deportistas; impulsará los aspectos formativos, lúdicos, sociales y culturales del deporte; propiciará la integración social de las personas a través de la práctica deportiva y colaborará con la Unión Deportiva Las Palmas en cuantas actividades estén relacionadas con sus fines y, en especial, en la preservación y divulgación de la historia y legado del Club, así como en su labor en relación con el fútbol base y la formación de los deportistas” (art. 5.1).
También de acuerdo con sus Estatutos (art. 5.3), la Fundación puede “construir, financiar, o utilizar por cualquier título legal, ciudades deportivas, instalaciones específicas de este carácter y Centros de alto rendimiento; conceder becas para la realización de estudios; instituir premios al mérito deportivo; otorgar ayudas económicas relacionadas, directa o indirectamente, con el deporte; editar publicaciones; organizar cursos, conferencias, seminarios, exposiciones y acontecimientos deportivos; gestionar los derechos que le sean cedidos y, en general, llevar a cabo cualesquiera acciones tendentes al cumplimiento de sus fines”. Además, “podrá establecer acuerdos de colaboración con empresas, entidades e instituciones públicas y privadas para la ejecución de sus fines, en especial con las relacionadas con el fútbol y el deporte; organizar o colaborar en eventos deportivos y actividades y proyectos de carácter formativo, social, o cultural; así como patrocinar o recabar patrocinios para todo tipo de iniciativas relacionadas con sus fines”.